INFORMACIÓN SOBRE ASISTENCIA A CLASE Y PÉRDIDA DE DERECHOS DE
MATRÍCULA. Curso 07-08
(Según la
Circular de 5 de septiembre de 2007, de la Dirección General
de Ordenación Académica relativa a la Ordenación y Desarrollo
de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial para el curso
2007-2008.)
ASISTENCIA A CLASE:
Tu
obligación como alumno es asistir a clase, por lo que tu
profesor llevará un control de asistencia riguroso. Se puede
faltar ciertos días, no superando estas ausencias el 30%
del curso (lo que equivale a 19 clases).Cuando tus ausencias
alcancen ese límite (de forma consecutiva o no), se hará
efectiva la pérdida de los derechos de matrícula.
También
pierden los derechos de matrícula aquellos alumnos que no se
hayan incorporado a clase los primeros quince días del curso.
PÉRDIDA
DE DERECHOS DE MATRÍCULA:
Secretaría
mandará una carta a los alumnos comunicándoles su situación,
y establecerá un plazo de tres días para que justifiquen su
inasistencia y soliciten, si procede, la anulación de su
matrícula en los plazos previstos (ver más abajo).
Transcurrido el plazo de tres días el equipo directivo
resolverá, bien declarando la pérdida del derecho de matrícula
y causando la baja del alumno o bien dando respuesta a la
solicitud de anulación de matrícula.
La pérdida del derecho de matrícula,
que no dará lugar a la devolución de las tasas abonadas,
supondrá la baja del alumno, haciéndose constar este hecho en
el expediente académico y computándose a efectos de
permanencia en el centro. El alumno que haya causado baja
deberá someterse a un nuevo proceso de admisión para retomar
sus estudios.
QUÉ HACER
SI NO PUEDES ASISTIR A CLASE:
Si te has
matriculado y no vas a poder asistir a clase, deberías
interrumpir la matrícula para que ese curso no se cuente como
un año de permanencia perdido. Tienes dos posibilidades:
renunciar a la matrícula en los primeros quince días del
curso o anularla más tarde si tienes una causa
justificada:
RENUNCIA DE MATRÍCULA: Se realiza durante los primeros
quince días del curso sin necesidad de alegar justificación
alguna. No supone la devolución de las tasas, y, caso de
querer matricularse el curso siguiente, deberá someterse a un
nuevo proceso de admisión; sin embargo, este curso no
computará a efectos de permanencia.
ANULACIÓN DE MATRÍCULA: Un alumno podrá solicitar la
anulación de su matricula cuando su asistencia se vea
imposibilitada por causas médicas o laborales debidamente
justificadas. EL plazo de solicitud terminará el 30 de abril
de 2008. Para ello, deberá presentar en la secretaría del
centro la solicitud de anulación, conforme al anexo II,
adjuntando toda la documentación pertinente. Las solicitudes
serán resueltas por la dirección del centro, comunicando
directamente la resolución al interesado. La anulación de la
matrícula, que se podrá solicitar un máximo de dos veces por
nivel, no supone la devolución de las tasas abonadas. Sin
embargo, este curso no computará a efectos de permanencia y el
alumno podrá matricularse en el año escolar inmediatamente
siguiente sin necesidad de someterse a un nuevo proceso de
admisión. Para ello, deberán solicitar su readmisión al centro
en el plazo y forma que éste indique.