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 Secretaría Virtual. Alumnos Oficiales

PÉRDIDA DE DERECHOS DE MATRÍCULA

Una vez comenzado el curso y con el fin de dar mejor uso a los puestos que se ofrecen, se podrá declarar la pérdida de derechos de matrícula del alumnado, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

2. La pérdida de derechos de matrícula se producirá cuando:

a) Llegado el día quince del mes de octubre, un alumno no se haya incorporado a las clases, en cuyo caso la vacante generada será adjudicada directamente a los alumnos de la lista de espera.

b) Las ausencias superen el treinta por ciento de las horas lectivas del curso, en cuyo caso las plazas vacantes sólo podrán ser cubiertas mediante el procedimiento de traslado de matrícula.

3.  Antes de declarar la pérdida de derechos de matrícula, el centro comunicará por medio de los tablones oficiales de anuncios del centro y, en su caso, por los medios de comunicación electrónicos, dicha situación al interesado, o su padre, madre o tutor legal, estableciendo un plazo de tres días hábiles para que justifique la inasistencia y solicite, si procede, la anulación de la matrícula en los plazos y términos para ello previstos. Transcurrido dicho plazo, la dirección del centro resolverá, declarando la pérdida del derecho de matrícula y causando baja el alumno o bien dando respuesta a la solicitud de anulación de matrícula.

4. Si transcurrido dicho plazo no se obtuviera respuesta o las alegaciones presentadas no justificaran la anulación de la matrícula, en los siguientes tres días la dirección del centro resolverá declarando la pérdida del derecho de matrícula, causando baja el alumno y, si procede, adjudicando la vacante generada de forma inmediata.

5. La pérdida de derechos de matrícula no dará lugar a la devolución de las tasas abonadas.

6. La pérdida de derechos de matrícula supondrá la baja del alumnado haciéndose constar este hecho en las actas de calificación y en el expediente académico mediante la oportuna diligencia, computándose a efectos de permanencia en el centro.

7. El alumnado que haya causado baja deberá someterse a un nuevo proceso de admisión para retomar sus estudios.

 

 

 
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